La primera emisión de Cetes se llevo a cabo en enero de 1978 y fueron creados mediante un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 1977.
Los Cetes son emitidos por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, siendo el Banco de México el agente financiero (intermediario) exclusivo para su colocación y redención.
Los Cetes no contienen estipulación sobre pago de intereses, sino que se venden a los inversionistas debajo de su valor nominal o de vencimiento. Por tanto, el rendimiento obtenido e en realidad una ganancia de capital, no un interés. Sin embargo, en la practica se refiere a los Cetes como un instrumento que paga intereses.
La tasa de descuento aplicable a los Cetes es variable; es la que corresponde a las condiciones que prevalecen en el momento en el mercado de dinero. En un principio las tasas de descuento eran fijadas por el Banco de México. Sin embargo, a partir de septiembre de 1982 se estableció un sistema de “subastas”, sonde el Banco De México participa como vendedor y las casas de bolsa, instituciones de crédito, instituciones de finanzas y otras personas expresamente autorizadas participan como postores. De esta forma, las tasas de descuento son fijadas de acuerdo con las solicitudes y posturas.
Las principales características de los Cetes son:
- Son títulos de deuda del Gobierno Federal al portador y su valor nominal es de $10.00. Esto es, el Gobierno Federal se compromete a pagar $10.00 por cada Cete en la fecha de su vencimiento.
- Se compran y venden únicamente a través de las casas de bolsa e instituciones de crédito.
- Están garantizados por el Gobierno Federal, por lo que su seguridad es prácticamente total.
- Es una inversión de gran liquidez ya que los Cetes se pueden comprar y vender en cualquier día hábil en lo que se llama el mercado secundario.
- Los Cetes pertenecen al mercado de dinero ya que son a corto plazo. Los principales plazos a que se emiten son a 28, 91, 182 y 364 días; sin embargo, en algunas ocasiones se ofrecen emisiones con otros vencimientos. El plazo máximo es de 364 días.
- El rendimiento obtenido por las personas físicas por compra - venta de Cetes está exento de impuesto sobre la renta, debido a que se trata de una ganancia de capital; en tanto que las personas morales deben acumular dicha ganancia en su base gravable.
Se emiten semanalmente los días jueves, excepto cuando el jueves es día de descanso obligatorio.
No hay comentarios:
Publicar un comentario